Ecuador en las Noticias
Banca privada preocupada por el dinero electrónico
A través de un comunicado publicado en los diarios, el gremio manifestó su preocupación porque si bien la moneda electrónica, según el artículo 94 del Código Orgánico Monetario y Financiero, es equivalente y convertible en dólares, debe tener un respaldo.
A través de un comunicado publicado en los diarios, el gremio manifestó su preocupación porque si bien la moneda electrónica, según el artículo 94 del Código Orgánico Monetario y Financiero, es equivalente y convertible en dólares, debe tener un respaldo.
De acuerdo con el artículo 101 de la misma normativa, este respaldo consiste en activos líquidos del Banco Central.
La ABPE enfatiza que el dinero electrónico debe estar, “de forma obligatoria y por disposición legal, exclusivamente respaldado en dólares de EE. UU.”, y no en otro tipo de activos del Banco Central. Sobre todo porque las autoridades indican que una de las razones por las que impulsan el uso de este mecanismo de pago es la “falta temporal de liquidez del Estado”.
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