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Ecuador Fiscal acusa a 39 militares por rebelión en la Recoleta durante el 30S

26/05/2015 UbicaTV -

El fiscal Iván Ron se abstuvo de acusar a 50 militares de los 89 que están siendo procesados por el presunto delito de rebelión, durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010 (30-S).

Foto: UbicaTV Foto: UbicaTV

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El fiscal Iván Ron se abstuvo de acusar a 50 militares de los 89 que están siendo procesados por el presunto delito de rebelión, durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010 (30-S).

En tanto que para los 39 militares acusados el Fiscal pidió al juez de la causa, Raúl Salgado, que les llame a juicio por rebelión.

Para hoy martes se tiene previsto que los abogados de los militares acusados contradigan el dictamen fiscal, luego de lo cual el Juez deberá tomar la resolución que corresponda en derecho.

Los hechos que se investigan se suscitaron en la plazoleta de La Recoleta, contigua al Ministerio de Defensa Nacional, donde los uniformados hicieron saber su desacuerdo con la aprobación de la Ley Orgánica de Servicio Público.

La audiencia se viene desarrollando de manera reservada por tratarse de un delito que afecta a la seguridad interna del Estado.
A decir del Fiscal, los uniformados no solo alteraron el orden público y paralizaron el transporte, sino que también afectaron dependencias y departamentos castrenses de vital importancia en el centro matriz del sistema de Defensa Nacional del país. (LC)

La teoría de la Fiscalía

Según el fiscal Iván Ron, los militares procesados se agruparon en la plaza La Recoleta, donde se habría alterado el orden ciudadano y paralizado el transporte público.

Pero, dice que no se trató de una simple manifestación atribuible a la inconformidad salarial, “porque la ilicitud extrema estriba en que la generación de estas manifestaciones se desarrolló y ejecutó en el ministerio de Defensa Nacional, donde se encuentran concentrados el Comando Conjunto de las FF.AA., las Comandancias generales de fuerza, y otros departamentos y dependencias castrenses de vital importancia, altamente sensibles, del centro matriz del sistema de Defensa Nacional”.

El delito de rebelión se encuentra tipificado en el artículo 336 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y contempla una pena privativa de libertad de cinco a siete años.

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