Caso Chevron

Últimos acontecimientos relacionados con las peticiones de juicio verbal sumario en la demanda RICO del caso de Lago Agrio

12/07/2012

Ted Folkman, 20 de junio de 2012 en Recognition and Enforcement   En marzo advertí que Chevron  había elevado su demanda entablada bajo la Ley RICO en Nueva York, en contra de Donziger, Naranjo y otros, a juicio verbal sumario parcial.

En su petición, Chevron sostiene que los acusados en la demanda RICO habían demandado el cumplimiento de la @@sentencia@@ ecuatoriana, no obstante la interrogante sobre la @@corrupción@@ existente en los procesos en el caso ecuatoriano, dado que la corte ecuatoriana ya se había pronunciado sobre este tema. 

Chevron buscó elevar a juicio verbal sumario la cuestión de si la @@sentencia@@ ecuatoriana podría tener algún efecto preclusivo, puesto que era el producto de un proceso viciado y de que Chevron nunca había tenido acceso a un juicio justo en el Ecuador.

Considero que efectivamente se ha brindado mucha información sobre esta petición, pero creo que tanto los ecuatorianos como Donziger terminaron hechos polvo. Esto es la razón.

En su respuesta,  los ecuatorianos hicieron la siguiente defensa afirmativa:

Los reclamos aseverados en la Demanda y cualquier reparación solicitada bajo la misma son total o parcialmente improcedentes bajo las doctrinas de res judicata (cosa juzgada) y/o impedimento a nuevo juzgamiento.

Donziger invocó  la misma defensa. 

Chevron entonces presentó una petición para juicio verbal sumario parcial  en respuesta a estas defensas afirmativas y repitió la ahora familiar retahíla de razones para llegar a la conclusión de que el proceso ecuatoriano era fraudulento.

En una petición de juicio verbal sumario, la parte actora, en este caso Chevron, hace afirmaciones basadas en los hechos que sostiene son indiscutibles y que además le otorgan derecho a juicio como cuestión de Derecho. 

La parte actora debe respaldar sus afirmaciones con evidencia admisible. Habitualmente, la parte no actora responde negando la verdad de los hechos que han sido afirmados por la parte actora.  Pero no bastan meras refutaciones; la parte no actora deberá apoyar su rechazo con evidencia admisible.

1 En caso de existir un caso legítimo de hecho material, el juez no puede proceder a un juicio verbal sumario. Al inicio, parecía ser que Donziger y los ecuatorianos iban a poder reunir la evidencia necesaria para presentarla ante la corte a fin de obtener una @@sentencia@@ que estableciera que las pruebas sobre fraude y @@corrupción@@ que tenía Chevron no eran indiscutibles. 

En su primera solicitud para una extensión de dos semanas en el plazo para responder al pedido  2redactaron lo siguiente:

La ampliación del plazo no acercaría ni remotamente a la posibilidad de que los acusados cuenten con un tiempo igual al que Chevron tuvo para preparar su petición, para elaborar su respuesta, pero al menos les brindaría la oportunidad de organizar algún tipo de respuesta a los argumentos legales y a los miles de páginas de documentos y algunas pruebas contradictorias y/o a formular una petición conforme a lo dispuesto en la Norma 56(d) para tener la oportunidad de  presentar las pruebas necesarias para contradecir los supuestos fundamentos probatorios de Chevron para hacer tal petición.

Sin embargo, mis expectativas sobre una posible confrontación de la evidencia se vieron truncadas cuando los acusados en la demanda RICO presentaron su oposición a la moción para proceder a juicio verbal sumario parcial.   

En vez de contradecir la evidencia que Chevron había presentado, los acusados en la demanda RICO adujeron que habían dejado muy en claro que no estaban pidiendo a la corte otorgar a la @@sentencia@@ ecuatoriana, o a los asuntos relativos a ésta, ningún efecto preclusivo.

La exhortación general de los acusados a la defensa por cosa juzgada o impedimento a un nuevo juzgamiento no hace referencia a la @@sentencia@@ ecuatoriana, como tampoco lo hace ninguno de los muchos fallos y sentencias entre ambas partes.  D

ada la prolongación del litigio relacionado con la contaminación de la Amazonía ecuatoriana durante varias décadas,  existen numerosos laudos y conclusiones judiciales que potencialmente tendrían un efecto de impedimento a un nuevo juzgamiento o de cosa juzgada como defensa a las acusaciones que Chevron pueda hacer en su demanda, que incluyen a las sentencias anteriores emitidas por la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito y/o por otra corte federal de primera instancia y cortes de apelaciones en procedimientos similares bajo la Norma  28 U.S.C. § 1782, pero no se limitan exclusivamente a éstas.

¿A qué otra @@sentencia@@ podrían haberse referido? Chevron atacó precisamente por este frente , destacando que los acusados en la demanda RICO no habían logrado identificar alguno.  Más precisamente , otro grupo de acusados bajo la Ley RICO, los miembros de la firma Status, efectivamente invocaron el efecto preclusivo de la @@sentencia@@ ecuatoriana con alguna particularidad:

Las acusaciones de Chevron en contra de los acusados, miembros de la firma Stratus, son total o parcialmente improcedentes, ya sea por la obligación de esta Corte a guardar deferencia y/o  cortesía internacional, y/o de presumir la regularidad de los procesos judiciales y la validez de la @@sentencia@@ y los argumentos que la sostienen (sic), tal y como han sido presentados por las cortes ecuatorianas, incluyendo no sólo su argumento de que la decisión de la corte ecuatoriana no se fundamentó en el informe de Cabrera para emitir su sentencia, sino también la explicación de que la conclusión de la Corte de Apelaciones ecuatoriana no estuvo viciada por el fraude.   

En la medida en que la Corte guarda cortesía por las decisiones y conclusiones de las cortes ecuatorianas, las acusaciones de Chevron son total o parcialmente improcedentes bajo la doctrina de impedimento a un nuevo juzgamiento.

Chevron aprovechó la oportunidad para presentar otra petición para proceder a juicio sumario parcial  ; esta vez el objetivo era Stratus y no Donziger y los ecuatorianos, resaltando que: “Los acusados de la firma Stratus claramente aducen que la @@sentencia@@ ecuatoriana frena las reclamaciones de Chevron”.

Como resultado de estas acciones, Donziger y los ecuatorianos se encuentran en una situación difícil que ellos mismos provocaron . 

Si el juez no acepta su argumento sobre la validez legal, los hechos que Chevron ha ofrecido se sostienen como indiscutibles.  

Un juez podría determinar que aún si se asumiera la verdad sobre estos hechos, Chevron no tiene derecho a juicio como cuestión de Derecho en cuanto se refiere al efecto de la @@sentencia@@ ecuatoriana 3 ; sin embargo dudo que los acusados en la demanda RICO puedan contar con que el Juez Kaplan comparta esa posición dadas sus anteriores sentencias. 

Quizá Donziger y los ecuatorianos puedan cooperar con Stratus en la preparación de una defensa sustantiva basada en los hechos para responder a la petición y correr el riesgo de que Kaplan no emita @@sentencia@@ en el primer juicio sumario antes de que se sustancie plenamente la petición de juicio en contra de Stratus, o pedir al juez retrasar la @@sentencia@@ en la primera petición hasta que la segunda petición esté lista para ir a juicio.

¿Habran algunas lecciones que aprender aquí? 

Me parece que los alegatos de los acusados en la demanda RICO incluyen una gran lista repetitiva de defensas afirmativas; pero se podría decir que este caso es un buen ejemplo de los riesgos incluidos en la mencionada lista.  

Aparentemente parecía que Donziger y los ecuatorianos alegaban que la @@sentencia@@ ecuatoriana tenía un efecto preclusivo y si no es así, ¿qué es entonces lo que alegaban exactamente?

Dependiendo en la coordinación entre Stratus y sus acusados, o la falta total de ella, podría ser que Donziger y los ecuatorianos no hayan podido evitar el tema de preclusión que Chevron plantea; en todo caso, aunque Donziger y los ecuatorianos no han alegado que la @@sentencia@@ ecuatoriana tiene un efecto preclusivo, parece claro que Stratus sí lo ha hecho. Crédito fotografía: Julien Gomba (license) Notas:

  1. La parte no actora tiene otras opciones también: podría argumentar que la evidencia que la parte actora ha presentado no es admisible, o que los hechos que la parte actora ha dejado sentados no le dan derecho a juicio como cuestión de Derecho, aún cuando sean verdaderos. ?
  2. Por cierto: Chevron ¿por qué no aceptaría una corta extensión? ¡Mantengamos la elegancia! ?
  3. Por ejemplo, el juez podría concluir que Chevron está impedido de presentar tales argumentos, un tema que fue discutido en el reciente  Letters Blogatory symposium. ?