El Oriente

¿Cuál es la sanción por no votar el domingo?

Para jóvenes de 16 y 17 años la facultad de ejercer el voto es opcional

El Oriente - Redacción 17/08/2023

Para jóvenes de 16 y 17 años la facultad de ejercer el voto es opcional/ Foto: cortesía CNE

Para jóvenes de 16 y 17 años la facultad de ejercer el voto es opcional/ Foto: cortesía CNE

El domingo, 20 de agosto, los ecuatorianos deberán nuevamente acercarse a las urnas para elegir a las nuevas autoridades y decidir Sí o No en las dos consultas populares con relación al Yasuní y al Chocó Andino (solo Pichincha).

El voto se considera obligatorio para aquellos mayores de 18 años, con excepciones como las personas en privación de libertad sin @@sentencia@@ condenatoria ejecutoriada.

Sin embargo, el artículo 292 del Código de la Democracia estipula que quienes no sufraguen enfrentarán una multa equivalente al 10 % de un salario básico unificado, es decir $ 45, debido a que actualmente el salario mínimo en Ecuador es de $ 450.

La facultad de ejercer el voto es opcional para las siguientes personas;

  • Jóvenes de16 y 17 años
  • Personas mayores de 65 años,
  • Ecuatorianos en el exterior
  • Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
  • Personas con discapacidad.

Se justifica el no asistir a sufragar en los siguientes casos:

  • Quienes en el día de las elecciones se ausenten o lleguen al país, así como aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional.
  • Quienes no pueden votar por mandato legal.
  • Quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta 8 días antes.
  • Quienes no pudieron votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobados con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado.
  • Quienes, por tener voto facultativo, no están obligados a votar de conformidad con el artículo 62 numeral 2 de la Constitución.